El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este domingo una orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana que permite compartir vehículos cuando se desplacen personas que convivan en un mismo domicilio todas las fases de la desescalada por coronavirus.
A partir de este lunes estará permitido que en los vehículos privados de hasta nueve plazas, incluido el conductor, puedan viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo. Para ello es necesario que todas residan en el mismo domicilio. Si no viven juntas se mantiene la regulación previa: podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos y siempre utilizando mascarilla.
En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.
En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general, que estén provistos con dos plazas homologadas (conductor y pasajero), pueden viajar dos personas siempre que o lleven casco integral con visera, o utilicen mascarilla o que residan en el mismo domicilio. El uso de guantes será obligatorio por parte del pasajero y también por parte del conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. A estos efectos, serán itidos los guantes de protección de motoristas.